Representacion Estudiantil--Consejo de Escuela--Escuela de Estudios Políticos y Administrativos---Universidad Central de Venezuela
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lunes, 1 de junio de 2009

Convenio con la Alcadía de Sucre

El pasado viernes 29 de Mayo se firmó en la dirección de la Escuela de Estudios Políticos y Administrativos un Convenio con el Instituto de la Juventud de la Alcaldía de Sucre con el fin de crear un vínculo entre ambas instituciones para facilitar la participación de estudiantes de la Escuela en las actividades de dicho Instituto, y también fomentar la realización de pasantías y del servicio comunitario en dicho municipio. Este Convenio se convierte en el primero del Instituto de la Juventud de la Alcaldía Sucre, y se firma tras una iniciativa de la actual Presidencia del Centro de Estudiantes de la EEPA. Los representantes estudiantiles ante el Consejo de Escuela continuaremos estando allí para apoyar iniciativas como esta, que el día 29 de Mayo se concretó en nuestra Escuela tras ser aceptada por su Director, Dr. Eladio Hernández, el presidente del Centro de Estudiantes, Carlos Scull, y el presidente del Instituto de la Juventud del Municipio Sucre, Brian Fincheltub. A continuación se adjunta el Convenio para que los eepistas interesados puedan recurrir al mismo y para que nuestra comunidad esté al tanto de su existencia.




Universidad Central de Venezuela
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Estudios Políticos y Administrativos

Carta de intención entre El Instituto de la Juventud del Municipio Sucre y la Escuela de Estudios Políticos y Administrativos de la Universidad Central de Venezuela


Por medio de la presente se plantea establecer un convenio entre la Escuela de Estudios Políticos y Administrativos, y la Alcaldía del Municipio Sucre a través del Instituto Municipal de la Juventud del Municipio Sucre. Representando este acto por el ciudadano Brian Fincheltub, venezolano, mayor de edad de este domicilio, y titular de la Cedula de Identidad nº V-18.814.911, Comisionado Del Alcalde para la Juventud, quien a los efectos de este documento se denominará “EL INSTITUTO” y por la otra parte, la Escuela de Estudios Políticos y Administrativos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela representada en este acto por el ciudadano, Prof. Eladio Hernández, mayor de edad de este domicilio, titular de la cedula de identidad n° V-3.549.935, en su carácter de Director de la Escuela de Estudios Políticos y Administrativos, quien a los efectos de este documento se denominará “LA ESCUELA”.
Se ha acordado celebrar el siguiente convenio marco de cooperación inter-institucional el cual se regirá por las siguientes clausulas:
Primera: El presente convenio tiene como finalidad, establecer los mecanismos necesarios para el Desarrollo de Programas de Cooperación Conjunta, dentro del área de sus respectivas competencias y actividades, y cooperar efectivamente entre sí para la realización de las investigaciones necesarias en el área de las políticas públicas en todo el territorio del Municipio Sucre, así como la organización y capacitación de las comunidades, con el propósito de alcanzar su participación activa, consciente y organizada en la identificación de su problemática y necesidades, que incluyen las propuestas, planes, programas y proyectos necesarios para solucionarla. Igualmente, a buscar las alternativas de desarrollo multidisciplinario y programas requeridos para lograr el fortalecimiento de las estrategias y actividades generales sectorizadas del Municipio a través del Instituto Municipal de la Juventud.
Segunda: Los objetivos generales del programa de cooperación objeto del presente CONVENIO son:

1. Formulación, Evaluación y surgimiento de investigaciones y Proyectos de políticas públicas en el municipio así como la incorporación y participación de las comunidades en el control social de la gestión, evaluación de la acción de gobierno, y cualquier otra área afín con la organización, gestión y dirección del municipio. El mencionado convenio Marco de cooperación interinstitucional se regirá por las normas y acuerdos que se generen entre las partes en materia de formación, investigación, servicios, formulación y evaluación de programas conjuntos tendientes a fortalecer la gestión del municipio con la participación de las comunidades.

2. Establecer un programa de pasantías para los estudiantes en el área de servicio comunitario a los fines de la realización de proyectos conjuntos entre las comunidades organizadas, “LA ESCUELA” Y “EL INSTITUTO” con incorporación de la empresa privada en atención a las obligaciones derivadas de la ley de ciencia y tecnología.

3. Desarrollar mecanismos educativos dirigidos a funcionarios públicos de “EL INSTITUTO” y a las comunidades en general en las materias de políticas públicas municipales y control de gestión mediante la organización de mediante la organización de conferencias, foros, mesas redondas, talleres y eventos relacionados.
Tercera: Por el presente acuerdo “EL INSTITUTO” se obliga a:

1-Suministrar un perfil que oriente la designación de los participantes por parte del EL INSTITUTO.

2-Designar un supervisor que controle y evalúe el desempeño de las actividades.

3-Asignar las tareas y las responsabilidades de los participantes.

4-Dar a conocer la labor realizada por los participantes al término de la formación.

5-Establecer planes de fortalecimiento interinstitucional en el área de políticas públicas para el área de municipal dirigidas en especial a la formación de las comunidades, proporcionando herramientas de gestión, de criterios epistemológicos, para la identificación, prevención y control de riesgos políticos.

6-EL INSTITUTO igualmente se compromete a invitar a profesionales y especialistas del área como parte del acuerdo, a las conferencias, talleres, mesas redondas, así como actos, reuniones y eventos similares que se organicen.

Cuarta: por el presente acuerdo LA ESCUELA se obliga a:

1. Designar ante el INSTITUTO un profesor responsable de los Planes y Programas de Trabajo que establezcan como resultado de este Convenio Marco.

2. Dar fe de la buena conducta y de los méritos académicos de los estudiantes que opten a la pasantía.

3. Ajustar el sistema de pasantías al cronograma de actividades de EL INSTITUTO solicitudes comunitarias.

4. Establecer programas de instrucción y formación entre las instituciones específicas, hacia las personas que EL INSTITUTO indique.

5. Colaborar en la generación de planes y proyectos concebidos desde las comunidades, que ayuden al fortalecimiento del área de políticas públicas en el municipio.

Quinta: Las relaciones entre las instituciones participantes en el marco de cooperación interinstitucional, en cuanto al cumplimiento de los compromisos adquiridos, se canalizaron a través de sus respectivos representantes para la firma de este acuerdo, o de sus delegados debidamente acreditados. Las partes establecerán a través de documentos generales los mecanismos y formas de colaboración e intercambio dentro del marco general establecido entre las partes, pudieron reservarse la ejecución de alguno dependiendo de los intereses entre las partes una vez cerrado los compromisos adquiridos previamente.
Sexta: las partes dejan expresa constancia que LA ESCUELA asume todas las responsabilidades de carácter laboral que pudieran derivarse de la contratación del personal para la ejecución de programas y proyectos.
Séptima: LA ESCUELA difundirá de manera conjunta con EL INSTITUTO, los resultados obtenidos como producto de la ejecución de investigaciones a través del presente convenio, en revistas científicas, boletines divulgativos, medios audiovisuales, etc.
Octava: Las partes se obligan a guardar absoluta confidencialidad de toda aquella información suministrada o divulgada por cualquiera de ellas bajo este convenio o con ocasión de la ejecución de proyectos y políticas específicas. Ninguna de las partes podría revelar a terceros cualquier información relativa a cualquier proyecto, sin el previo consentimiento escrito de la otra. Solo podría ser usada para el desarrollo del proyecto específico para la cual se reveló y sólo por el tiempo que dure de su ejecución. En consecuencia, ninguna de las partes podrá utilizar la información propiedad de la otra para desarrollar proyectos particulares.

Caracas, 29 de Mayo del 2009


POR “LA ESCUELA”
Dr. Eladio Hernández
Director de la Escuela

Carlos E. Scull
Presidente del Centro de Estudiantes de la EEPA

POR “EL INSTITUTO”

Brian Fincheltub
Presidente del Instituto de la Juventud.


Carlos Ocariz
Alcalde del Municipio Sucre


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